Productos alimenticios para el consumo humano: enmienda de ciertas directivas de 'desayuno'

Decisión

El Parlamento Europeo adoptó su posición en primera lectura el 10 de abril de 2024 (P9_TA(2024)0193) sobre la propuesta de la Comisión COM(2023)0201, sustituyendo las enmiendas adoptadas el 12 de diciembre de 2023 (P9_TA(2023)0445), e instruyó a su Presidente para que remitiera su posición al Consejo, a la Comisión y a los parlamentos nacionales.

Qué cambia

La posición del Parlamento establece enmiendas a una propuesta de modificación de las Directivas del Consejo 2001/110/CE, 2001/112/CE, 2001/113/CE y 2001/114/CE, que se refieren, respectivamente, a la miel, a los zumos de frutas y determinados productos similares destinados al consumo humano, a las mermeladas, jaleas y confituras de frutas y al puré de castañas azucarado, y a determinadas leches conservadas parcialmente o totalmente deshidratadas; como se alcanzó un acuerdo con el Consejo, la posición del Parlamento se corresponde con el acto legislativo final, la Directiva (UE) 2024/1438.

A quién afecta

El resultado afecta al marco jurídico de la UE que cubre la miel, los zumos de frutas y productos similares, las conservas de frutas y determinadas leches conservadas deshidratadas y, por tanto, afecta a los operadores y a los productos de esos sectores alimentarios junto con las instituciones de la UE implicadas en el proceso legislativo.

Fuentes

Documentos Oficiales

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