Acuerdo sobre actividades operativas de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en Albania

Decisión

El Parlamento Europeo adoptó el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Albania sobre actividades operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Albania (referencia del documento TA-9-2024-0169). La adopción tuvo lugar en Estrasburgo el 14 de marzo de 2024 como uno de los textos adoptados ese día.

Qué cambia

El acuerdo adoptado prevé actividades operativas que ha de llevar a cabo la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Albania y establece el instrumento jurídico en virtud del cual dichas actividades se llevarán a cabo entre la Unión y Albania. El texto define, por tanto, los términos de la intervención operativa de la Agencia en el territorio albanés, tal y como se establece en el título del acuerdo.

A quiénes afecta

El acuerdo afecta directamente a la Unión Europea, a la República de Albania y a la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, como las partes nombradas en el texto adoptado.

Fuentes

Documentos Oficiales

  • Thursday, 14 March 2024 - Strasbourg
    European Parliament adopted multiple texts on 14 March 2024, including a protocol amending the EU–Japan Economic Partnership and several other items.

Últimas novedades comerciales de la UE

Acciones de política similares

Language