Coerción económica por parte de terceros países (P9_TA(2023)0333)

Decisión

El Parlamento Europeo adoptó su posición en primera lectura el 3 de octubre de 2023 (P9_TA(2023)0333) sobre la propuesta de un reglamento relativo a la protección frente a la coerción económica por parte de terceros países, aprobó una declaración conjunta anexa a la resolución y tomó nota de una declaración de la Comisión; instruyó a su Presidente para que remitiera su posición al Consejo, a la Comisión y a los parlamentos nacionales.

Qué cambia

La posición del Parlamento corresponde al acto legislativo final, el Reglamento (UE) 2023/2675, que establece un Instrumento de la UE contra la coerción que actúa mediante la disuasión y que, como último recurso, puede dar lugar a la adopción de contramedidas; el instrumento confiere poderes de ejecución y establece normas de procedimiento sobre el uso de los procedimientos de examen y de comité, tal como se describe en las declaraciones anexas.

A quién afecta

El Reglamento se dirige a la coerción económica por parte de terceros países y, por tanto, afecta a la Unión y a sus Estados miembros, así como a las instituciones de la UE y a los comités de los Estados miembros implicados en la aplicación del instrumento.

Fuentes

Documentos Oficiales

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