Reglamento sobre la deforestación: disposiciones relativas a la fecha de aplicación

Decisión

El Parlamento Europeo adoptó el 14 de noviembre de 2024 enmiendas a la propuesta de modificación del Reglamento (UE) 2023/1115 y devolvió el asunto al comité responsable para negociaciones interinstitucionales, de conformidad con la Regla 60(4). El texto adoptado sustituye varios considerandos e inserta varias disposiciones nuevas en los artículos 3, 4, 5, 16 y 29.

Qué cambios

Las enmiendas reemplazan el sistema comparativo de tres niveles por una clasificación de cuatro niveles que añade una categoría de «sin riesgo» y exigen a la Comisión publicar los datos de referencia y las clasificaciones de riesgo, así como garantizar que una plataforma de intercambio sea funcional al menos seis meses antes de la fecha de aplicación. Los operadores que introduzcan productos procedentes de países de bajo riesgo podrán utilizar diligencia debida simplificada; las autoridades competentes deberán aplicar un escrutinio reforzado para los países de alto riesgo; los productos procedentes de países «sin riesgo» estarán sujetos a requisitos documentales definidos en un nuevo artículo 5, apartado 1a; y los Estados miembros deberán comprobar anualmente al menos el 0,1 % de los operadores que comercian con mercancías de «sin riesgo».

A quién afecta

Los cambios afectan a los operadores, comerciantes, autoridades competentes, Estados miembros, la Comisión Europea y terceros países que produzcan o comercien las mercancías pertinentes.

Fuentes

Documentos Oficiales

  • Thursday, 14 November 2024 - Brussels
    EP adopted amendments to the date-of-application provisions of the Deforestation Regulation (EU) 2023/1115 and referred the matter to interinstitutional negotiations.

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