El Parlamento no presenta objeciones al reglamento delegado sobre la acreditación del CBAM

Decisión

El Parlamento declaró que no tiene objeciones al acto delegado de la Comisión de 20 de noviembre de 2025 (C(2025)07845) que complementa el Reglamento (UE) 2023/956 e instruyó a su Presidente para que remita la decisión al Consejo y a la Comisión; no se formularon objeciones durante el período de examen que expiró el 16 de diciembre de 2025.

Qué cambia

El acto delegado establece las condiciones para conceder la acreditación a los verificadores, el control y la supervisión de los verificadores acreditados, los requisitos y las actividades de verificación, las medidas administrativas aplicables, incluida la retirada de la acreditación, el intercambio de información entre los organismos nacionales de acreditación, las autoridades nacionales competentes y la Comisión, y las condiciones para el reconocimiento mutuo y la evaluación entre pares de los organismos nacionales de acreditación, incluidas las acciones correctivas por parte de los Estados miembros. El texto es necesario para que las disposiciones del CBAM funcionen a partir del 1 de enero de 2026.

A quién afecta

Las medidas afectan a los organismos nacionales de acreditación, a los verificadores acreditados, a las autoridades nacionales competentes, a los Estados miembros y a la Comisión implicados en la implementación del CBAM.

Fuentes

Documentos Oficiales

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